NEGOCIOS

Juez de EE.UU. declara libre de pago de regalí­as los “ringtones” en móviles

Aquellos que gustan de tener el éxito musical más reciente como “ringtone” en su móvil pueden estar tranquilos.

Un juez federal de distrito en Nueva York eximió a la compañí­a norteamericana de telefoní­a móvil Verizon Wireless de pagar regalí­as por tonos musicales o “ringtones” según fue exigido por una asociación de compositores y autores musicales. Una exigencia similar fue radicada por ASCAP contra la también empresa estadounidense de telefoní­a móvil AT&T.

La juez Denise Cote dictaminó que “cuando un ‘ringtone’ es reproducido en un teléfono celular, aún cuando ocurre en público, el usuario está exempto de responsabilidad de derechos de autor, y Verizon no es responsable ni de manera secundaria ni directamente”.

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ASCAP, la asociación que reune a compositores, autores y publicadores de trabajos musicales, radicó recientemente una demanda exigiendo que Verizon Wireless pagara regalí­as ya que el uso por parte de sus clientes de los “ringtones” constituí­a un acto igual que como si pusieran, por ejemplo, una canción en la radio. Poner una canción en la radio conlleva el pago de regalí­as ya que esto es considerado un “public performance” o actuación en público.

Las ventas de “ringtones” en Estados Unidos generaron US$541 millones de acuerdo con la firma de investigación de mercado SNL Kagan.

De la demanda haber progresado, Verizon Wireless hubiese tenido que responder con el pago de miles de dólares por “ser directamente y secundariamente responsable por la actuación o presentación en público de trabajos musicales”, de acuerdo a ASCAP. Verizon Wireless, de acuerdo a ASCAP, violó los derechos de autor de la música porque esta empresa controla el proceso técnico que permite que una canción pueda ser reproducida en público en un teléfono móvil.

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1 comentario

  1. Lcdo. Carlos G. Salgado
    10/20/2009 | 6:50 pm a las 6:50 pm —

    Tremendo articulo. Sin embargo, no comparto la opinion de la juez en este asunto, debido a que los “ringtones” que se venden mediante las tiendas de los distintos ‘carriers’ de telefoní­a celular constituyen de por si una ganancia sobre la transacción que realizan. Estas compañí­as están entonces enriqueciéndose injustamente de poner a disposición del consumidor los tonos para descargar. No es que automáticamente sea una violación a los derechos de autor de compositores, arreglistas musicales, etc; pero mas como un asunto de equidad, en que si una parte se beneficia de la transacción, en justicia deberí­an satisfacer las regalí­as.

    // Lcdo. Carlos G. Salgado
    @ley_tecnetico

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